Existe un amplio grupo de aproximaciones metodológicas para la determinación de la vocación de uso de la tierra rural. Éstas sirven como instrumentos de apoyo para la toma de decisiones en los procesos de planificación y gestión territorial, por las instancias respectivas, conforme ofrecen elementos indicativos, soportados a su vez sobre conceptos técnicos, para orientar el uso de la tierra, fundamentalmente, bajo premisas de sostenibilidad de los recursos del medio físico, en particular el suelo.
Sistema de Clasificación Agrológico (USDA)
Establece sobre la base de cualidades o deficiencias permanentes que tienen los suelos, y de las condiciones climáticas imperantes asociadas, que determinan el crecimiento, desarrollo y producción de las plantas usadas en sistemas agrícolas, pecuarios y forestales.
La metodología, conocida como “Clasificación de tierras por capacidad de uso” o “Clasificación Agrológica”, permite establecer ocho (8) clases o categorías agrológicas o de capacidad de uso.
Así, los suelos clasificados en la Clase I, tienen muy pocas o incluso ninguna limitación para la explotación intensiva, en tanto que aquellos de la Clase VIII, representan las condiciones más extremas, sin permitir explotación alguna.
La clase de capacidad
Es un término utilizado en sistemas como el de la Clasificación de Capacidad de Uso de la Tierra (desarrollado por el USDA, por ejemplo), que agrupa los suelos según su aptitud para el uso sostenido, considerando limitaciones como la erosión, la profundidad del suelo, el drenaje, la salinidad u otros factores que afectan su productividad.

A medida que aumenta el grado numérico de ellas, disminuye la aptitud de uso y manejo de la unidad de análisis.
- Las tierras de las clases 1 a 4 son aptas para agricultura y ganadería, con una capacidad que varía desde intensiva (clase 1) hasta muy restringida (clase 4), requiriendo mayores prácticas de manejo y conservación a medida que aumenta la limitación; la clase 4 también permite agroforestería.
- Las tierras de clase 5, limitadas por factores como inundaciones o pedregosidad, no son aptas para agricultura convencional, pero con manejos especiales pueden ofrecer rendimientos aceptables.
- Las clases 6 y 7, con restricciones severas como pendientes escarpadas, solo permiten cultivos perennes, sistemas agroforestales o ganadería en casos menos inclinados (clase 6), exigiendo intensas prácticas de conservación.
- Las tierras de clase 8, sin capacidad productiva, deben destinarse a la preservación y conservación de recursos mediante programas gubernamentales.
Las subclases de capacidad
Las subclases, dentro del sistema de clasificación por capacidad de uso, son categorías que identifican en las clases 2 a 8 los factores limitantes específicos para la Unidad de Capacidad de Suelo (UCS), agrupando tierras según el número y grado de estas limitaciones.
En el sistema de clasificación por capacidad de uso, las limitaciones principales son:
- pendiente (p)
- erosión (e)
- humedad en exceso (h)
- suelo (s)
- clima (c)
Cuando más de una limitación está presente, el símbolo cartográfico de las unidades de capacidad debe reflejarlas en este orden de prioridad: p, e, h, s, c, según su peso o importancia.
Los grupos de capacidad
El grupo de capacidad, tercera categoría del sistema de clasificación por capacidad de uso, agrupa tierras de una misma subclase que comparten el mismo grado y número de limitaciones específicas (como pendiente, erosión o suelo), así como potencialidades y respuestas similares a las prácticas de manejo.
Por ejemplo:
Limitantes del suelo (s) como poca profundidad, sales, piedras, baja fertilidad o alta saturación de aluminio definen subclases (2s, 3s, 4s) y, según su grado, se establecen grupos de capacidad (2s-1, 2s-2).
Los grupos de manejo
Son una categoría dentro de los sistemas de clasificación de suelos, como el sistema de capacidad de uso de la tierra, que agrupan suelos con características similares en términos de limitaciones, potencialidades y necesidades de manejo.
Estos grupos se definen para facilitar la planificación agrícola, ganadera o forestal, asegurando que las prácticas de manejo y conservación sean adecuadas y uniformes para suelos con condiciones comparables.

